G4 7.3 Ajustes razonables

¿Qué son los ajustes razonables?

En el marco jurídico mexicano se tiende a confundir los conceptos de accesibilidad y ajustes razonables, afirmación que obedece al hecho de que, para el Informe Especial, se revisaron documentos internacionales en los que se ha desarrollado ampliamente el concepto, principalmente en la guía de la 39 Organización Internacional del Trabajo (OIT) 30 y la de la Comisión de Derechos Humanos de Nueva Zelanda, 31 la cual tiene una publicación al respecto. (CNDH, 2019).

En la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED), los ajustes razonables se definen como “las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas en la infraestructura y los servicios, que al realizarlas no impongan una carga desproporcionada o afecten derechos de terceros, que se aplican cuando se requieran en un caso particular, para garantizar que las personas gocen o ejerzan sus derechos en igualdad de condiciones con las demás” (Ibídem).

Actividad

Lea la información que se presenta en el siguiente interactivo.

Tipos de Ajustes Razonables

El artículo 24 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de 2006 aborda el tema de la educación y establece el compromiso de los Estados parte de, entre otras cosas, “facilitar el aprendizaje del braille, la escritura alternativa, otros modos, medios y formatos de comunicación aumentativos o alternativos y habilidades de orientación y de movilidad, así como la tutoría y el apoyo entre pares […]. Facilitar el aprendizaje de la lengua de señas y la promoción de la identidad lingüística de las personas sordas”, por lo que en las escuelas deben existir materiales idóneos ‒sistemas, modos, medios y formatos de comunicación (MEJOREDU, 2022).

Los ajustes razonables son medidas individuales, de cumplimiento inmediato, pertinentes, idóneas y eficaces que deben acordarse entre quien las necesita y solicita. Tienen por límite el que no representen una carga desproporcionada o indebida al garante del derecho y, en algunos casos, pueden convertirse en medidas generales para la accesibilidad. Para el cumplimiento de lo anterior, la CDHDF pondera que es de la mayor importancia que cualquier medida, ya sea legislativa, judicial o de implementación de política pública, sea sometida a consulta y participación de las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan para dar cumplimiento con el contenido del Artículo 4.3 de la Convención, que forma parte del corpus constitucional mexicano (CDHDF, 2019).

Actividad a realizar durante la sesión

Instrucción: Lea y analice la siguiente información y posteriormente realice la actividad de la página 20 con las indicaciones que ahí se dan.

Los colores de las flores

Tratándose de alumnos con discapacidad, con dificultades severas de aprendizaje, de conducta o de comunicación, la implementación de las estrategias específicas, diversificadas y/o ajustes razonables deberán facilitar el cumplimiento a lo establecido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas, así como en la LGE. Asimismo, se deberá favorecer la atención educativa que, por su edad, madurez y las necesidades asociadas a alguna condición física, psicológica o funcional requirieran para su pleno desarrollo los educandos, atendiendo lo previsto en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (AEFCM, 2021).

En este sentido, la Comisión Nacional de Libros de Texto (CONALITEG) produce en su planta y a través de terceros, los libros de texto gratuitos para los alumnos inscritos en educación básica en México; son libros accesibles para niñas y niños con ceguera, en código Braille y para los estudiantes con baja visión, títulos en macrotipos que son libros de gran formato (CONALITEG, s/f).

Para mayor información y solicitud de los libros, visite la siguiente página:

Actividad a realizar durante la sesión

Instrucción: Vea el siguiente video y al finalizar participe en la sesión realizando una reflexión que incluya los tipos de ajustes razonables que usted haría con el caso que se presenta.

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