¿Cuáles consideras que son los rasgos normativos más relevantes?

ONU, Declaración Universal de Derechos Humanos (1948)

Considerada el fundamento de las normas internacionales de derechos fundamentales, establece los dos derechos humanos que confluyen en la educación inclusiva: el derecho a la educación y el derecho a la no discriminación. Menciona que “Toda persona tiene derecho a la educación”

ONU, Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo (2006)

Es el tratado internacional de mayor trascendencia en materia de Derechos Humanos y educación inclusiva de las personas con discapacidad. El artículo 24 reconoce el derecho a la educación inclusiva de este grupo de población en todos los niveles educativos y establece las acciones que los Estados parte deben cumplir para lograrlo.

1. Se requiere asegurar que las personas con discapacidad no deberán ser excluidas del Sistema General de Educación por motivos de discapacidad.

2. Se enfatiza la importancia del derecho de las personas con discapacidad a tener acceso a una educación básica inclusiva en igualdad de condiciones; recibiendo educación en la misma comunidad donde viven.

3. Se establece la realización de ajustes razonables en función de las necesidades individuales de los alumnos con discapacidad.[…]

4. Se dispone que se proporcionarán los apoyos necesarios para facilitar la formación efectiva de las personas con discapacidad en el Sistema General de Educación.

5. Se establece que se facilitarán las medidas de apoyo personalizadas y efectivas en entornos que fomenten al máximo el desarrollo académico y social de las personas con discapacidad, para una plena inclusión.

Metas educativas 2021: la educación que queremos para la generación de los Bicentenarios (2010)

Dentro de las once metas generales que se acordaron en el documento, la segunda consiste en “Lograr la igualdad educativa y superar toda forma de discriminación en la educación”, de la cual forman parte cuatro metas específicas de interés para esta Estrategia:

Meta 1. Garantizar el acceso y la permanencia de todos los niños en el sistema educativo.

Meta 2. Prestar apoyo especial a las minorías étnicas, poblaciones originarias y afrodescendientes, al alumnado que vive en zonas urbanas marginales y en zonas rurales.

Meta 3. Garantizar una educación intercultural bilingüe de calidad a los alumnos pertenecientes a minorías étnicas y pueblos originarios.

Meta 4. Apoyar la inclusión educativa del alumnado con necesidades educativas especiales mediante las adaptaciones y las ayudas precisas.

Fundamentos constitucionales y legales

En lo que referente a la fundamentación normativa de origen nacional para la ENEI, en el artículo 3o. refiere que “…para lograr una equidad educativa de facto o sustantiva, las autoridades estatales deben fortalecer la educación inclusiva dentro del sistema regular y no así robustecer la educación especial”. Ello implica, entre otras consideraciones, que el Estado mexicano, lejos de contemplar sistemas paralelos y separados para los educandos –uno para personas con discapacidad y otro para las demás–, debe adoptar de manera progresiva las medidas concretas y deliberadas para que “todos los niños, niñas y adolescentes, independientemente de sus condiciones o diferencias, aprendan juntos”.

También refiere que la educación especial “… no debe ni puede ser la estrategia en que el Estado mexicano se base para lograr el acceso a una educación inclusiva; […] el Estado mexicano debe transitar progresivamente a la plena eficacia del derecho a la educación inclusiva, lo cual resulta incompatible con el mantenimiento de dos sistemas de enseñanza: un sistema de enseñanza general y un sistema de enseñanza segregada o especial.”

¿Cómo definen los ajustes razonables?

De acuerdo con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y Protocolo Facultativo, son aquellas medidas específicas que tienen como objeto la accesibilidad en casos particulares, e incluyen todas aquellas modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.

¿Qué posibles dificultades podrían presentarse en la puesta en marcha?

Algunas de las mayores dificultades a las que se enfrenta la educación inclusiva es a la falta de capacitación en los docentes debido al desconocimiento o la desinformación acerca de la realización e implementación de los ajustes razonables.

También es importante el cambio de mentalidad en algunos docentes pues aún se observan algunas prácticas con enfoques integradores más no inclusivos.

Fuente: ESTRATEGIA-NACIONAL-DE-EDUCACION-INCLUSIVA-MEXICO

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